Normativa

Breve descripción de la naturaleza de los diferentes tipos de solicitud:

Reclamación: Expresión de no conformidad que requiere la presentación del escrito mediante el cual se haga valer.

Con ella se busca que la autoridad dé respuesta a la petición del reclamante.

Sugerencia: Propuesta de una idea para que se tenga en consideración por parte de la autoridad responsable.

 

Equipo responsable del análisis de las solicitudes enviadas. 

Formada por los miembros activos de la Comisión de Calidad de la Facultad que será renovada cada 3 meses.

 

Proceso para la realización de reclamaciones, sugerencias e incidencias.

Podrán llevarlas a cabo, sin restricciones, miembros del alumnado, PDI y PAS.

 

-  Pasos seguidos en la tramitación de una reclamación:

1. Las reclamaciones serán formuladas por el interesado mediante la presentación de un escrito que contenga sus datos personales a efectos de posteriores notificaciones. Se concretarán en el mismo, y con suficiente claridad, los hechos que originan la queja así como el alcance de la pretensión que se plantea y ola petición que se dirija a la Comisión de Calidad.

El escrito se presentará con libertad de forma, si bien en la Comisión de Calidad existirán impresos que faciliten la presentación de la reclamación.

No se admitirán quejas anónimas, las formuladas con insuficiente fundamentación o inexistencia de pretensión así como todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas.

 

2. La Comisión de Calidad efectuará el registro de todas las reclamaciones y enviará el correspondiente acuse de recibo a los que hayan presentado el escrito.

Dicho registro tendrá carácter reservado al objeto de garantizar la confidencialidad de los asuntos.

 

3La Comisión de Calidad no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente una resolución judicial o un expediente administrativo y suspenderá cualquier actuación si, en el transcurso de su tramitación, se iniciara un procedimiento administrativo o se interpusiera demanda o recurso ante los tribunales ordinarios. Ello no impedirá, sin embargo, la investigación de los problemas generales planteados en las quejas presentadas.

Admitida la queja, la Comisión de Calidad promoverá la oportuna investigación y dará conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por su contenido.

 

4. La Comisión de Calidad podrá recabar los informes externos que sean convenientes.

 

5. Una vez resuelta la solicitud se comunicará al interesado así como al órgano universitario afectado, con las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas. Resolverá, en cualquier caso, la tramitación en un plazo de tres meses desde que ésta fue admitida.

 

Las decisiones y resoluciones de la Comisión de Calidad no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno; tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por sí mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad.

 

-  Pasos a seguir en la tramitación de una sugerencia e incidencia.

El proceso consta de los mismos pasos que la tramitación de la reclamación a excepción de la resolución final (paso número 6) ya que las sugerencias e incidencias tramitadas no conllevan necesariamente la resolución por parte de los órganos universitarios.